jueves, 12 de abril de 2012

Trabajadores españoles en el Tercer Reich II


Seguimos adentrándonos en el papel jugado por miles de trabajadores españoles que viajaron hasta Alemania para poder trabajar tras la Guerra Civil Española. En esta ocasión descubramos como era el marco contractual.

Los contratos de trabajo eran de carácter individual; es decir, el trabajador lo firmaba en presencia del representante de la empresa donde iba a prestar sus servicios. Inicialmente solían tener una vigencia de un año pero podía se prorrogados en uno o dos más.

La CIPETA había establecido que las esposas de los trabajadores que estaban en Alemania podían seguir el ejemplo de sus maridos una vez que hubieran conseguido un contrato de trabajo. más tarde también se permitiría contratar a menores.

Los salarios contratados variaban según la localidad y la región donde se hallaba el lugar de trabajo y, desde luego, el tipo de cometido a desempeñar. El promedio de los sueldos oscilaban entre los 60 y los 90 céntimos de marco por hora. Por tanto, una jornada de 8 horas solía reportarle al trabajador español entre 4 y 7,20 marcos diarios (un marco equivalia a 4,24 pesetas de entonces). Los gastos de alojamiento colectivo y de comida oscilaban entre 10 y 15 marcos por semana.

Uno de los elementos principales del convenio era el derecho a un descanso anual. La empresa corría con los gastos de ida hasta la frontera española y en la vuelta desde ese mismo punto hasta la localidad de residencia alemana. Como resultado del estricto control de divisas, sólo se permitía la salida de 10 marcos, es decir, 42,40 pesetas españolas por persona. Las empresas alemanas, por tanto, debían retirar del sueldo del trabajador equivalente al billete entre los trayectos de Hendaya al domicilio español y la vuelta hasta la ciudad fronteriza.

También se garantizaba que la Caja Nacional de Seguro de Accidente alemana iba a abonar a los accidentados las prestaciones e indemnizaciones que concedía la legislación española, disfrutando de las mismas ventajas del seguro social incluso cuando se hallaban de permiso en España.

Los funcionarios de la CIPETA aprovechaban en las negociaciones con los representantes alemanes la situación precaria laboral del mercado del Reich para tratar de conseguir un máximo de ventajas económicas y sociales para los trabajadores españoles. Cuando por lluvia u otras condiciones climatológicas, los obreros españoles no pudieran trabajar al aire libre, se les empleaba en labores bajo techo sin que sufriera merma en sus jornales, como ocurría en caso de ser un trabajador alemán, que se le descontaba el 40% de importe de su sueldo diario.

Se insistía en la obtención de un certificado en el que se reflejaba que eran sostenedores económicos de sus familias. Al presentarlo ante la empresa alemana, ésta debía pagarles la cantidad en concepto de compensación por separación familiar.

En la tercera parte trataremos ciertos elementos conflictivos a tener en cuenta, de los que todavía padecemos sus efectos más adversos.

3 comentarios:

enfermero9 dijo...

Me has dejado totalmente intrigado con tu último párrafo, espero pronto la continuación.
Saludos desde Al sur del Sur.

ADRI dijo...

Saludos. El blog es muy completo, y tiene información interesante. Tal vez este le interese:
http://historiaparavagos.blogspot.com.es/

Mario Tenorio dijo...

Hola enfermero9, me refiero a un mal que hace que la competitividad de las empresas españolas baje, suponiendo un coste elevado para muchas, sobre todo las públicas.

Gracias Adri por tu aportación.

Saludos desde el sur.